Dirigentes del sindicato deberán volver a cumplir horario salvo cuando cuenten con licencia gremial vigente.
El intendente de Salto, Carlos Albisu, firmó una resolución que obliga a todos los integrantes del sindicato de Adeoms a presentarse a trabajar y cumplir sus funciones habituales, salvo cuando cuenten con licencia sindical otorgada conforme a la normativa. La disposición apunta a ordenar una situación que, según fuentes municipales, llevaba más de diez años sin marco regulatorio claro.
Desde ahora, los dirigentes gremiales deberán solicitar sus licencias mediante expediente electrónico con al menos dos días hábiles de antelación. Solo en casos de urgencia o situaciones imprevistas se podrá comunicar con un día de anticipación. Además, se estableció un tope anual de 400 jornales para toda la dirigencia sindical, una medida que busca compatibilizar el derecho gremial con el buen funcionamiento de los servicios municipales.
La resolución, impulsada por el equipo de gobierno de Albisu, responde a la intención de reordenar los acuerdos laborales existentes y evitar vacíos normativos. En paralelo, se anunció que se trabajará en un nuevo convenio colectivo entre la Intendencia y Adeoms, que incluirá reglas específicas sobre licencias gremiales y otras condiciones laborales.
Una década de licencias sindicales sin control
La resolución de Albisu llega luego de años en los que dirigentes de Adeoms estuvieron prácticamente liberados de tareas laborales, amparados en licencias sindicales extendidas. El caso más conocido es el de Juan Carlos “Cholín” Gómez, presidente del sindicato, quien habría estado liberado de sus funciones habituales desde hace más de una década.
Según publicaciones locales, Gómez –que pertenece a la división de Turismo como guardavidas– habría estado exonerado de trabajar durante años consecutivos, sin que existiera un conflicto gremial declarado que justificara la licencia permanente. Este tipo de situaciones generaron críticas desde sectores internos del sindicato, de la oposición política y de la ciudadanía.
Qué dice la ley sobre las licencias sindicales
La legislación uruguaya, especialmente la Ley 17.940 de Libertad Sindical, garantiza el derecho de los trabajadores a gozar de licencias sindicales remuneradas para ejercer actividades gremiales. Estas licencias deben estar previamente acordadas en convenios colectivos o reglamentos internos, y su uso debe justificarse como parte de la actividad sindical.
El artículo 4° de dicha ley establece que el tiempo libre con goce de sueldo será otorgado para funciones sindicales, y su reglamentación queda a cargo del Consejo de Salarios o los acuerdos entre partes. La norma no exige que haya un conflicto laboral activo para usar la licencia. Basta con que la persona esté en ejercicio de funciones gremiales y el sindicato tenga horas disponibles.
En muchos casos, como en intendencias del interior, se asignan “bancos de horas” a los sindicatos, que pueden distribuir entre sus dirigentes según necesidad. Pero esto ha derivado, en varias ocasiones, en liberaciones prácticamente totales, como las observadas en Montevideo y Salto.
Montevideo y Salto, casos con licencias prolongadas
En Montevideo también hubo antecedentes similares. Valeria Ripoll, ex secretaria general de ADEOM capitalino, estuvo liberada de funciones durante cerca de diez años, usando licencias sindicales sucesivas. Al dejar el cargo gremial en 2023 para pasar a la política, su situación generó cuestionamientos sobre la duración de las licencias.
En Salto, el caso de “Cholín” Gómez fue aún más prolongado. Documentos y declaraciones recogidos por la prensa local indicaban que no concurría a su lugar de trabajo desde hacía más de una década, aunque seguía cobrando su salario como cualquier otro funcionario activo. El hecho fue objeto de controversias internas en Adeoms y derivó en denuncias sobre presuntas irregularidades.
La reacción oficial y el nuevo marco
Con esta resolución, la administración Albisu busca establecer límites claros. Los funcionarios que integren la conducción sindical deberán presentarse a trabajar salvo que cuenten con licencia otorgada formalmente y solicitada en tiempo y forma.
Además del tope de 400 jornales por año, se dejó en claro que la Intendencia no concederá licencias fuera del marco legal ni sin documentación válida. El nuevo convenio colectivo en preparación intentará regular definitivamente este tipo de situaciones para evitar discrecionalidad o abusos.
Desde el sindicato aún no hubo un pronunciamiento público sobre esta medida. Sin embargo, en gestiones anteriores, Adeoms había reclamado el respeto a los acuerdos históricos, alegando que la licencia sindical prolongada era una forma de garantizar el funcionamiento del gremio.
Hacia una mayor transparencia en la función pública
La resolución de Salto marca un cambio importante en la forma en que se regula la relación entre los sindicatos municipales y el Estado. Aunque el derecho a la licencia sindical está garantizado, ahora será imprescindible cumplir con los procedimientos establecidos, respetar los plazos, y mantenerse dentro del límite de jornales disponibles.
De esta forma, se intenta compatibilizar el derecho de los trabajadores organizados con el interés general, los servicios municipales y la rendición de cuentas ante la ciudadanía. Resta ver cómo impactará esta medida en la dinámica interna de Adeoms y si otros gobiernos departamentales seguirán un camino similar.